Privacy Statement in Spanish
SAINT MICHAEL’S MEDICAL CENTER NOTIFICACIÓN DE PRÁCTICAS DE PRIVACIDAD
EN ESTA NOTIFICACIÓN SE DESCRIBE CÓMO SE PUEDE USAR Y DIVULGAR LA INFORMACIÓN MÉDICA DEL PACIENTE Y CÓMO ESTE PUEDE ACCEDER A ESTA INFORMACIÓN. LEA EL CONTENIDO CUIDADOSAMENTE.
La Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros Médicos de 1996 y la Ley de Tecnología de la Información de Salud para la Salud Económica y Clínica (que se encuentra en el Título XIII de la Ley de Recuperación y Reinversión Estadounidense de 2009), (denominadas conjuntamente como “HIPAA”), con las enmiendas que se introduzcan oportunamente, exigen que Saint Michael’s Medical Center (“SMMC”) mantenga la privacidad de la información sobre la salud del paciente identificable (esta información se considera “información protegida sobre la salud” y se menciona en esta notificación como “PHI”). Tenemos además la obligación de proporcionar a los pacientes la Notificación de Prácticas de Privacidad sobre la información PHI. Solo usaremos o divulgaremos la información PHI del paciente cuando la ley estatal vigente lo permita o requiera. Esta Notificación se aplica a la información PHI del paciente que obra en nuestro poder, incluidos los registros médicos que nosotros hayamos generado.
SMMC entiende que la información sobre la salud del paciente es de índole exclusivamente personal y nos comprometemos a proteger la privacidad de este. Lea esta Notificación de Prácticas de Privacidad cuidadosamente. En este documento se describe cómo usaremos y divulgaremos la información PHI del paciente.
Esta Notificación se aplica a la prestación de la atención médica por parte de SMMC y el personal médico en el hospital principal, los departamentos de pacientes ambulatorios y las clínicas.
I. Permiso de uso o divulgación
A. Tratamiento: SMMC usará y divulgará la información PHI para brindar, coordinar o administrar la atención médica y los servicios relacionados con el fin de llevar a cabo las funciones del tratamiento. Los siguientes son ejemplos de cómo SMMC usará o divulgará la información PHI del paciente:
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- Se proporcionará al médico tratante, los médicos de consulta y otros proveedores de atención médica que tengan la necesidad legítima de tener dicha información para la atención y tratamiento continuo del paciente.
- Para coordinar el tratamiento del paciente (por ejemplo, la programación de citas) con nosotros y con otros proveedores de atención médica, como nombre, dirección, empleo, compañía de seguros, etc.
- Para ponernos en contacto con el paciente a fin de recordarle que tiene una cita para el tratamiento o la atención médica en nuestras instalaciones.
- Para proporcionar al paciente información sobre las alternativas de tratamiento u otros beneficios o servicios relacionados con la salud.
- Si el paciente está recluido en un establecimiento penitenciario o bajo la custodia de un agente de orden público, SMMC divulgará la información PHI al establecimiento penitenciario o a dicho agente de orden público.
B. Pago: SMMC usará y divulgará la información PHI del paciente con fines de pago. Los siguientes son ejemplos de cómo SMMC usará o divulgará la información PHI del paciente:
- A la compañía de seguros, al tercero pagador, al tercero administrador, al plan de salud o otro proveedor de atención médica (o a los representantes debidamente autorizados) con fines de pago, por ejemplo, para determinar la cobertura, la elegibilidad, obtener la aprobación previa/autorización para el tratamiento, la facturación, la administración de reclamos, las auditorías de reembolsos, etc.
- A las agencias de cobro y otros subcontratistas dedicados a obtener el pago de la atención médica.
C. Operaciones de atención médica: SMMC usará y divulgará la información PHI del paciente para operaciones de la atención médica. Los siguientes son ejemplos de cómo SMMC usará o divulgará la información PHI del paciente:
- En administración de casos, control de calidad, utilización, contabilidad, auditoría, actividades basadas en la población que se relacionan con la mejora de la salud o la reducción de los costos de la atención médica, la educación, la acreditación, las actividades de otorgamiento de licencias y credenciales de SMMC.
- A los consultores, contadores, auditores, abogados, compañías de transcripción de informes médicos, proveedores de tecnología de la información, etc.
D. Otros usos y divulgaciones: Como parte de las operaciones de tratamiento, pago y atención médica, SMMC también podrá usar la información PHI del paciente con los siguientes fines:
- Actividades de recaudación de fondos: SMMC usará y también podrá divulgar parte de la información PHI del paciente a una fundación relacionada con determinadas actividades de recaudación de fondos. Por ejemplo, SMMC podrá divulgar la información demográfica del paciente, las fechas de administración del tratamiento, la información sobre el médico tratante, el departamento de administración del tratamiento y la información sobre los resultados a la fundación que podrá solicitar al paciente una donación monetaria. La comunicación sobre la recaudación de fondos que reciba el paciente le informará cómo puede ejercer el derecho de no recibir comunicaciones similares en el futuro.
- Investigaciones médicas: SMMC usará la información PHI del paciente sin la autorización de este y la divulgará a los investigadores médicos que la soliciten para proyectos de investigaciones médicas aprobadas. Los investigadores tienen la obligación de proteger toda la información PHI que reciben.
- Información y actividades de promoción de la salud: SMMC usará y divulgará parte de la información PHI del paciente para determinadas actividades de promoción de la salud. Por ejemplo, el nombre y la dirección del paciente se usarán para enviarle un boletín informativo general o información específica relacionada con los propios intereses de salud de este.
II. Permiso de uso o divulgación con la oportunidad de aceptación o rechazo del paciente
A. Familia/amigos: SMMC divulgará la información PHI del paciente a un amigo o miembro de la familia que participe o pague la atención médica de aquél. El paciente tiene el derecho de solicitar que la información PHI no se comparta con determinadas personas o con todos los miembros de la familia o con los amigos. Asimismo, SMMC divulgará la información PHI del paciente a la agencia que participe en tareas de alivio en casos de desastre para que la familia de aquél sea notificada sobre su enfermedad, estado y ubicación.
B. Directorio de instalaciones: SMMC incluirá determinada información sobre el paciente en el directorio de instalaciones mientras se encuentre hospitalizado en SMMC. Esta información sobre el paciente incluirá el nombre, la ubicación en SMMC el estado general (por ejemplo, bueno, estable, crítico, etc.) y la afiliación religiosa. La información que consta en el directorio, excepto la afiliación religiosa del paciente, se divulgará a las personas que pregunten por su nombre. El paciente tiene el derecho de solicitar que su nombre no se incluya en el directorio de SMMC. Si el paciente solicita que no se lo incluya en el directorio de instalaciones, no podremos informar a las visitas sobre la presencia de aquél, ni su ubicación o estado general.
C. Atención espiritual: La información que consta en el directorio, incluida la afiliación religiosa del paciente, se dará a un miembro del clero aunque no pregunte por su nombre. Los proveedores de atención espiritual son miembros del equipo de atención médica en SMMC a quienes se puede consultar acerca de la atención del paciente. El paciente tiene el derecho de solicitar que no se dé su nombre a ningún miembro del clero.
D. Informes a los medios: SMMC dará a conocer a los medios la información que consta en el directorio de instalaciones (excluida la afiliación religiosa) si los medios solicitan información sobre el paciente con su nombre y después de que demos al paciente la oportunidad de aceptar o rechazar el pedido.
III. Uso o divulgación que requiere la autorización del paciente
A. Mercadeo: Con sujeción a determinadas excepciones limitadas, se re quiere la autorización del paciente por escrito en aquellos casos en que SMMC reciba una remuneración directa o indirecta a cambio de realizar la comunicación al paciente mediante la que se lo alienta a comprar un producto o servicio, o para la divulgación a un tercero que desea comercializar productos o servicios con el paciente.
B. Investigaciones: SMMC obtendrá la autorización del paciente por escrito para usar o divulgar la información PHI con fines de investigación cuando la ley HIPAA lo exija.
C. Notas sobre la psicoterapia: La mayor parte de los usos y divulgaciones de las notas de psicoterapia requiere la autorización del paciente por escrito.
D. Venta de la información PHI: Con sujeción a determinadas excepciones limitadas, la divulgación que constituye la venta de la información PHI requiere la autorización del paciente por escrito.
E. Otros usos y divulgaciones: Todo otro uso o divulgación de la información PHI que no se describa en esta Notificación de Prácticas de Privacidad exige la autorización del paciente por escrito. Las autorizaciones por escrito informarán al paciente la razón del uso de la información PHI. El paciente tiene el derecho de revocar la autorización en cualquier momento.
IV. Uso o divulgación permitida o exigida por la política pública o la ley sin autorización del paciente
A. Fines de cumplimiento legal: SMMC divulgará la información PHI del paciente con fines de cumplimiento legal que disponga la ley, como identificar a un sospechoso de la comisión de un delito o a una persona desaparecida o para proporcionar información sobre la víctima de un delito o conducta delictiva.
B. Exigencia legal: SMMC divulgará la información PHI del paciente cuando la ley federal, estatal o local lo exija. Los ejemplos incluyen la divulgación en respuesta a una orden/citación judicial, informe obligatorio estatal (por ejemplo, heridas de armas de fuego, víctimas de abuso o abandono infantil) o la información necesaria para el cumplimiento de otras leyes, como la ley de accidentes de trabajo o disposiciones similares. SMMC informará a las agencias de orden público y al organismo regulador acerca de la distribución e información de medicamentos que se relacionan con la actividad de recetas fraudulentas.
C. Supervisión o seguridad de la salud pública: SMMC usará y divulgará la información PHI para evitar una grave amenaza a la salud y seguridad de una persona o del público. Los ejemplos incluyen la divulgación a investigadores del estado de la información PHI que se relaciona con la calidad de la atención o a las agencias de salud pública sobre vacunaciones o enfermedades contagiosas, etc. SMMC usará y divulgará la información PHI para las actividades relacionadas con la calidad, seguridad o eficacia de los productos o las actividades reglamentadas por la Administración de Alimentos y Drogas (FDA), incluida la recopilación y los informes sobre eventos adversos, el seguimiento y la facilitación del retiro de productos del mercado, etc.
D. Médicos forenses, médicos legistas y responsables de funerarias: SMMC divulgará la información PHI del paciente al médico forense o médico legista. Por ejemplo, esto será necesario para identificar al fallecido o determinar la causa del fallecimiento. SMMC también podrá divulgar la información médica del paciente que sea necesaria a los responsables de funerarias para que puedan llevar a cabo sus tareas.
E. Obtención de órganos para trasplantes: SMMC divulgará la información PHI a una organización o entidad dedicada a la obtención de órganos para trasplantes con fines de donación de órganos, ojos o tejidos.
F. Funciones gubernamentales especializadas: SMMC divulgará la información PHI del paciente relacionada con funciones gubernamentales como actividades militares, de seguridad e inteligencia nacionales. SMMC usará la información PHI o la divulgará al Departamento de Asuntos de Veteranos para determinar si el paciente reúne las condiciones para recibir determinados beneficios.
G. Vacunas: SMMC divulgará la constancia de vacunación a una escuela cuando la ley estatal o otra similar lo exija antes de aceptar a un estudiante.
V. Derechos de información médica del paciente
El paciente goza de los siguientes derechos sobre la información PHI:
A. Derecho de inspección y copia: Con sujeción a determinadas excepciones limitadas, el paciente tiene el derecho de acceder a la información PHI e inspeccionarla y obtener una copia mientras conservemos los datos.
Si SMMC niega al paciente el derecho de acceder a la información PHI, SMMC notificará al paciente por escrito la razón de la negativa. Por ejemplo, el paciente no tiene el derecho de obtener las notas de psicoterapia o de inspeccionar la información que está sujeta a la ley que prohíbe el acceso. El paciente podrá tener el derecho de solicitar que se revierta esta decisión.
También tendrá el derecho de solicitar la información PHI en formato electrónico en aquellos casos en que SMMC utilice registros médicos electrónicos. El paciente podrá acceder a la información a través del portal del paciente si SMMC lo pone a su disposición.
El paciente deberá pagar una suma razonable por la copia, de acuerdo con la ley federal o estatal vigente.
B. Derecho de modificación: El paciente tiene el derecho de modificar la información PHI siempre que SMMC conserve los datos. El paciente debe solicitar la modificación de la información PHI por escrito a SMMC e incluir el motivo que justifica la modificación solicitada.
Sin embargo, SMMC rechazará la solicitud de modificación si:
- SMMC no creó la información;
- La información no forma parte del conjunto de registros designados;
- La información no estaría disponible a la inspección del paciente (debido a su condición o naturaleza); o
- La información es exacta y está completa.
Si SMMC niega al paciente la solicitud de cambiar la información PHI, SMMC notificará al paciente por escrito la razón de la negativa. SMMC también comunicará al paciente su derecho de presentar una declaración por escrito en la que expresa su desacuerdo ante la negativa. El paciente podrá solicitar que SMMC incluya la solicitud de modificación y la negativa cada vez que SMMC divulgue posteriormente la información que deseaba modificar. SMMC podrá preparar la refutación de la declaración de desacuerdo del paciente y entregará a este una copia de dicha refutación.
C. Derecho de obtener un detalle de las divulgaciones: El paciente tiene el derecho de recibir el detalle de las divulgaciones de la información PHI que SMMC haya hecho, excepto en las siguientes situaciones:
- Operaciones de tratamiento, pago o atención médica;
- Divulgación al paciente;
- Divulgación a las personas involucradas en la atención del paciente;
- Con fines de seguridad o inteligencia nacionales; o
- A establecimientos penitenciarios o agentes de orden público.
El paciente debe presentar la solicitud del detalle de las divulgaciones de la información PHI por escrito a SMMC.
El paciente debe incluir el período del detalle que no puede exceder de 6 años. En un período determinado de 12 meses, SMMC proporcionará al paciente el detalle de las divulgaciones de la información PHI en forma gratuita. Toda solicitud adicional del detalle dentro de ese período de tiempo estará sujeta a la aplicación de una suma razonable por la preparación de dicho detalle.
D. Derecho de solicitar restricciones: El paciente tiene el derecho de solicitar restricciones a determinados usos y divulgaciones de la información PHI para llevar a cabo funciones de tratamiento, pago u operaciones de atención médica o para prohibir dicha divulgación. Sin embargo, SMMC tendrá en cuenta la solicitud del paciente pero no tiene la obligación de conceder las restricciones solicitadas.
E. Derecho de solicitar restricciones al Plan de salud: El paciente tiene el derecho de solicitar la restricción a la divulgación de la información PHI al plan de salud (con fines de operaciones de pago o atención médica) en aquellos casos en que pague de su bolsillo la suma completa de los artículos o servicios recibidos.
F. Derecho de recibir comunicaciones confidenciales: El paciente tiene el derecho de recibir comunicaciones confidenciales de la información PHI por medios alternativos o en ubicaciones alternativas. Por ejemplo, el paciente puede solicitar que SMMC solo se comunique con él en el trabajo o por correo electrónico.
G. Derecho de recibir una copia de esta Notificación: El paciente tiene el derecho de recibir una copia en papel de esta Notificación de Prácticas de Privacidad cuando la solicite.
VI. Violación de la información PHI no protegida
Si ocurriera la violación de la información PHI no protegida que afecta al paciente, SMMC tiene la obligación de notificar dicha violación al paciente.
VII. Uso conjunto y compartido de la información médica del paciente
Durante el transcurso de la administración de la atención al paciente y en la promoción de la misión de SMMC de mejorar la salud de la comunidad,SMMC compartirá la información PHI del paciente con otras organizaciones que se describen a continuación y que han acordado respetar los términos siguientes:
A. Personal médico. El personal médico y SMMC participan juntos en un convenio de atención médica organizada para brindar la atención médica al paciente. Tanto SMMC como el personal médico han acordado respetar los términos de esta Notificación con respecto a la información PHI creada o recibida como parte de la prestación de la atención médica al paciente de SMMC. Los médicos y los profesionales de atención de la salud participantes que forman parte del personal médico de SMMC tendrán acceso a la información PHI del paciente y la usarán con fines de operaciones de tratamiento, pago y atención médica relacionadas con la atención del paciente dentro de SMMC. SMMC divulgará la información PHI del paciente al personal médico y a los profesionales de atención médica participantes con fines de operaciones de tratamiento, pago y atención médica.
B. Asociados comerciales. SMMC compartirá la información PHI del paciente con los asociados comerciales y los subcontratistas contratados para el desempeño de funciones comerciales.
VIII. Cambios en esta Notificación.
SMMC respetará los términos de esta Notificación vigentes actualmente. SMMC se reserva el derecho de introducir cambios sustanciales en los términos de esta Notificación y poner en vigencia nuevas disposiciones de la Notificación sobre toda la información PHI que conserva. SMMC distribuirá/proporcionará al paciente la Notificación modificada en la primera visita de aquél que sea posterior a la modificación de la Notificación en los casos en que haya un cambio sustancial en esta. El paciente también puede solicitar a SMMC una copia actualizada de la Notificación en cualquier momento.
IX. Reclamos.
Si el paciente considera que se violaron sus derechos, podrá presentar un reclamo ante el Funcionario de privacidad de SMMC o ante el Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos. Todas las quejas deben presentarse por escrito directamente al Funcionario de privacidad de SMMC. SMMC asegura al paciente que no tomará represalias por la presentación del reclamo.El paciente no será objeto de represalias por haber presentado un reclamo.
X. Funcionario de privacidad – Preguntas/ Inquietudes/ Información adicional.
Si el paciente desea hacer preguntas, tiene alguna inquietud o desea obtener más información sobre los temas abordados en esta Notificación de Prácticas de Privacidad o desea obtener información adicional sobre las políticas y los procedimientos de privacidad de SMMC debe comunicarse con el Funcionario de privacidad:
Saint Michael’s Medical Center
Funcionario de Privacidad
111 Central Ave
Newark, NJ 07102
973 877-5218
Fecha de revisión: 23 de Septiembre de 2013